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Reglamento de sesiones en Diputados: Moreo explica procedimiento

La diputada Cecilia Moreo, haciendo referencia a los artículos 174, 173, 109 y 35 del reglamento, expone sobre el ordenamiento de las sesiones en la Cámara de Diputados. Sostiene que una vez que una sesión especial es pedida y se obtiene el quórum reglamentario, el recinto se aboca a esa sesión y no puede ser ocupado para otra hasta su finalización.

Moreo cita antecedentes de años anteriores (2014, 2016, 2005) donde se resolvieron pedidos simultáneos de sesión especial con la misma metodología. Afirma que la voluntad del cuerpo, expresada por la mayoría a través del quórum, es lo que determina la sesión o la interrupción de la misma, y que la interrupción no constituye una moción de orden.