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Cámara Federal: Ley de inocencia fiscal debe aplicarse retroactivamente en casos de evasión

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la ley de inocencia fiscal debe aplicarse de manera retroactiva en causas por evasión tributaria cuando resulte más benigna para el imputado. Esta decisión judicial abre la puerta a que casos como el de Lázaro Báez, beneficiado por un sobreseimiento parcial en una causa por millonarias deudas impositivas a través de Austral Construcciones, puedan caerse o atenuarse.

La ley, impulsada por el gobierno y aprobada con amplia aceptación social, permite regularizar situaciones fiscales irregulares. Sin embargo, el debate se centra en si esta norma beneficia principalmente a grandes evasores o también al ciudadano común. Se menciona que el tope para adherirse a la inocencia fiscal era de 100 millones de pesos por año fiscal, lo que sumaría 200 millones en dos años, aunque se especula que casos como el de Báez involucran cifras mucho mayores.

Existe controversia sobre la retroactividad de la ley, ya que los periodos fiscales bajo revisión en el caso Báez abarcaban 2010-2014. Si bien la ley se promulgó en febrero y automáticamente se vieron beneficiados algunos casos, la aplicación retroactiva genera dudas y debates entre contadores y juristas sobre su alcance y equidad. La UIF (Unidad de Información Financiera) aún no ha adherido formalmente al régimen, lo que añade incertidumbre.