Se aborda la dificultad de comprobar la convivencia para acceder a pensiones, especialmente en casos de fallecimiento de la pareja.
Se explica que, además del certificado de matrimonio, se pueden presentar pruebas de convivencia como facturas de servicios a nombre de ambos, o si tuvieron hijos en común. En ausencia de hijos, se requieren pruebas de concubinato de los últimos cinco años.