Se critica el proyecto de Castelli, señalando que la conformación de la Convención Constituyente con concejales, que pertenecen a un órgano ordinario, invalidaría el proceso al requerirse un órgano extraordinario.
Se advierte que una ordenanza municipal no puede estar por encima de la Legislatura provincial, y que el proyecto deberá ser supeditado a una modificación de la Constitución Provincial.