El análisis del nuevo decreto sobre la ley de migraciones se centra en dos aspectos: su contenido y el instrumento utilizado. En cuanto al contenido, se considera que la medida, al agregar causales de expulsión para extranjeros que expresen discursos de odio o ultrajen símbolos patrios, es razonable y constitucional, ya que la igualdad entre argentinos y extranjeros no es absoluta.
Sin embargo, se cuestiona la constitucionalidad del instrumento: un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Se argumenta que la reglamentación de derechos y libertades debe realizarse por ley, y que el uso de un DNU solo se justifica en circunstancias excepcionales que impidan esperar el trámite legislativo, lo cual no parece ser el caso en esta situación.
A pesar de que un DNU puede tener vigencia hasta ser rechazado por ambas cámaras del Congreso, se señala que la comisión bicameral revisora podría emitir un dictamen negativo. La interpretación de si la medida es penal o migratoria es clave para determinar su validez a través de un DNU. Se espera que la Dirección Nacional de Migraciones sea la encargada de aplicar e interpretar el decreto, lo que podría derivar en controversias judiciales.