En respuesta a las afirmaciones de Jer\u00f3nimo Guerrero, se argumenta que la ley de tierras no pone en riesgo la soberan\u00eda ni los recursos naturales, ya que estos \u00faltimos son bienes de dominio p\u00fablico y pertenecen a las provincias seg\u00fan la Constituci\u00f3n Nacional.
Se distingue entre propiedad privada y soberan\u00eda, aclarando que la propiedad puede ser de cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica, mientras que la soberan\u00eda reside en el Estado argentino. Se se\u00f1ala que la ley vigente protege la soberan\u00eda en \u00e1reas de frontera y otros sitios sensibles.
Se critica la confusi\u00f3n entre la circulaci\u00f3n de capitales y la propiedad directa de la tierra, y se sugiere que la ley actual podr\u00eda ser m\u00e1s efectiva en la protecci\u00f3n de la soberan\u00eda nacional en temas de frontera.