El abogado constitucionalista Diego Armesto explicó que la Constitución Argentina, desde 1853, consagra la inviolabilidad de la propiedad privada como un pilar fundamental.
Armesto señaló que el proyecto de ley sobre tierras rurales, que incluía capítulos sobre urbanización, fue modificado tras recibir objeciones sobre la protección de la propiedad privada.
El experto indicó que la Constitución ya protege la propiedad privada en su artículo 17, por lo que cualquier debate sobre su vulneración debe considerar este marco legal preexistente.
La discusión abordó la aparente contradicción entre la protección constitucional de la propiedad y los debates sobre desalojos y regulaciones, sugiriendo que las reformas buscan agilizar procesos judiciales sin necesariamente vulnerar derechos fundamentales.