La Corte Suprema de Justicia resolvió que las prepagas no están obligadas a cubrir medicamentos importados si existen alternativas nacionales con el mismo efecto clínico. El fallo beneficia a las obras sociales y limita los amparos de pacientes que exigen medicación importada.
La decisión se basa en la disponibilidad de tratamientos nacionales equivalentes, buscando un equilibrio entre el derecho a la salud y la sostenibilidad del sistema, evitando que se imponga la voluntad individual sobre las opciones terapéuticas disponibles en el país.