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Jubilación: ¿Se pueden comprar años de aporte y cómo afecta el monotributo?

Se aborda la consulta de Gustavo Molina, un chofer de 50 años con 11 años de aportes, sobre la posibilidad de comprar los años que le faltan para jubilarse. Se estima que le faltan al menos 15 años, considerando un régimen especial de 25 años de aportes. Se indica que podría comprar años, pero aún así le faltarían varios para alcanzar la edad jubilatoria.

Se plantea la duda sobre si la compra de años de aporte bajo un régimen especial (como el de chofer de corta y media distancia, considerado insalubre) se rige por la ley general y si esto podría aumentar los requisitos. Se aclara que los servicios insalubres están contemplados en la ley general y que, si tuviera 11 años de aportes insalubres, le faltarían aproximadamente 17 años más para jubilarse, pudiendo comprar esos años.

Otra consulta se refiere a una persona de 55 años con 34 años de aportes que ahora realiza aportes como monotributista. Se pregunta si le conviene dejar de aportar para que no baje su jubilación. Se explica que la jubilación se calcula por separado: la relación de dependencia se toma de los últimos 120 meses de aportes, y los aportes de autónomos o monotributistas se promedian por separado. Por lo tanto, aportar como monotributista no necesariamente baja la jubilación y no afecta los aportes de relación de dependencia previos.

Se aclara que esta distinción entre aportes de dependencia y monotributo no aplica para el retiro por invalidez y la pensión por fallecimiento, donde sí se consideran los últimos años trabajados. Se enfatiza la complejidad del cálculo jubilatorio y la necesidad de tener todos los datos para dar una respuesta precisa.